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Cooperativas

Cooperativas agropecuarias bonaerenses quiere mantener status de Ingresos Brutos

1 de noviembre de 2016 - 11:38

El movimiento cooperativo argentino requirió a los legisladores bonaerenses la eliminación de artículos que quieren convertirlo en exento de Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires.

"En Buenos Aires el acto cooperativo no es sujeto a Ingresos Brutos. Este año se quiere cambiar la figura y convertirlo a exento. Esto hace peligrar la eximición", esgrimieron entidades como Coninagro y demás organizaciones del sector en un comunicado.

La posibilidad de cambiar la condición tributaria del rubro generó preocupación en los protagonistas de este espacio, por lo que decidieron explicarle al Poder Ejecutivo bonaerense y legisladores provinciales que no corresponde realizar cambios.

"El movimiento cooperativo argentino se siente lamentablemente sorprendido frente a un par de párrafos que contiene el mensaje de elevación del Proyecto de Ley Impositiva 2017", opinaron los productores en el documento oficial.

Y agregaron que "el segundo párrafo en cuestión manifiesta que las cooperativas están expresamente mencionadas en el hecho imponible del impuesto sobre los ingresos brutos, expresión ésta adoptada durante la última dictadura militar, cuando a instancias del Fondo Monetario Internacional se adoptó esa denominación para el gravamen a las actividades lucrativas, ya que como tal no podía alcanzar a las cooperativas dado su finalidad no lucrativa".

La Gobernación de Daniel Scioli había introducido cambios de este tipo en tres oportunidades (octubre 2011, abril 2012 y octubre 2014), pero todos ellos fueron rechazadas por los legisladores bonaerenses en virtud del carácter anticonstitucional de la propuesta, recordaron desde el movimiento cooperativista.

Los demandantes remarcaron que "en las cooperativas, el capital no tiene poder en las decisiones (un asociado, un voto, cualquiera sea su capital) ni tampoco tiene derecho a los resultados de la gestión. Apenas puede ser remunerado con un interés limitado, siempre y cuando el estatuto social lo contemple".

La Confederación Cooperativa de la República Argentina Ltda. (Cooperar), la Confederación Intercooperativa Agropecuaria Ltda. (Coninagro), la Confederación Nacional de Cooperativas de Trabajo Ltda. (CNCT) y la Confederación Argentina Interfederativa de Cooperativas de Electricidad y otros Servicios Públicos Ltda. (Conaice) pidieron a los legisladores que mantengan en "la materia la legislación vigente: artículo 186, inciso f, del Código Fiscal".

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