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Mínimos de tenor alcohólico para vinos elaborados en seis provincias
El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) convalidó los límites mínimos de tenor alcohólico real para los vinos y vinos regionales elaborados en 2022 unificados con remanentes de elaboración 2021 y anteriores.
La decisión rige para una serie de establecimientos ubicados en las zonas de origen Buenos Aires, Córdoba, San Luis, La Rioja, Catamarca y Valles Calchaquíes.
La medida se dispuso a través de la resolución 22/2022 publicada en el Boletín Oficial.
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El INV tuvo en cuenta "los diversos microclimas existentes en las referidas zonas" que "determinan apreciables diferencias en la graduación alcohólica de los productos elaborados en los diferentes establecimientos".
La norma aclara que "las características de comercialización de estas zonas, determinan un mercado de traslado prácticamente inexistente, envasando cada uno de ellos los productos de su elaboración".
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Para una serie de establecimientos localizados en La Rioja, los mínimos de tenor alcohólicos fueron fijados entre 11,2 y 12,6 grados, para los vinos tintos entre 11,4 y 14,4 y para los rosados entre 11,5 y 12,7 grados.
En el caso de la elaboración de vinos y vinos regionales en los Valles Calchaquíes, que incluye el centro de Salta, el extremo oeste de Tucumán y la región noreste de Catamarca, los mínimos establecidos en la resolución fueron de 13 a 14,7 grados en los tintos, de 12,2 a 14,9 en los rosados y de 10,7 a 15,2 en los blancos.
Parámetros oficiales
Los establecimientos señalados en la provincia de Córdoba en el anexo de la medida tienen un límite mínimo de tenor alcohólico de entre 12,9 y 13,6 grados en los vinos tintos, de 10,6 a 13,7 en los rosados y de 12 a 12,8 grados en los blancos.
Para los establecimientos bonaerenses detallados en la resolución, los mínimos se ubican entre 13,2 y 14,1 grados en los vinos tintos, de 12 a 12,3 en los rosados y de 12,3 a 13 en los blancos.
Un solo establecimiento fue señalado tanto en Catamarca como en San Luis, con mínimos de 14 y 13,4 grados en los vinos tintos y de 13,4 y 12,9 grados en los rosados, respectivamente.
En el artículo 3, la resolución aclara que los "vinos certificados como varietales, quedan exceptuados del cumplimiento del grado mínimo que por la presente se establece".
"La determinación del grado alcohólico real de las cosechas anuales para los vinos que se han de comercializar en el mercado interno, es una norma técnica que se utiliza como parámetro para ordenar y coadyuvar a las tareas de fiscalización", indicó la norma en sus considerandos.
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