La Gobernación bonaerense promulgó la Ley 15.410 que incorporó a los consumidores hipervulnerables y que actualizó y elevó las multas del código de consumidores bonaerenses hasta $300 millones para las empresas que lo incumplan.
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SUSCRIBITELa Gobernación bonaerense promulgó la Ley 15.410 que incorporó a los consumidores hipervulnerables y que actualizó y elevó las multas del código de consumidores bonaerenses hasta $300 millones para las empresas que lo incumplan.
Así lo informó el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense.
Con esta medida, Buenos Aires se convirtió en la primera provincia del país en contemplar por ley los derechos de los consumidores o colectivos hipervulnerables que pertenezcan a sectores sociales afectados por causales de vulnerabilidad agravada, desfavorecidos o en desventaja, tales como las niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad, entre otros.
Además, el proyecto que fue impulsado por el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y la senadora provincial Gabriela Demaría (Partido de La Costa), actualizó los montos por sanción de multas en una escala móvil que va de 0,5 a 5000 salarios mínimos, vitales y móviles y prevé la posibilidad de duplicarlos cuando involucra particularmente a esos consumidores mencionados.
De acuerdo al Salario Mínimo Vital y Móvil establecido para el mes de enero de 2023 el monto máximo por infracción a la ley provincial de defensa de las y los consumidores es de $327.135.000.
Antes de esta nueva Ley el monto máximo era de 500.000 pesos.
La ley permite duplicar los montos de las multas en el caso de que la persona perjudicada sea hipervulnerable.